EMPLAZAMIENTO EFECTUADO AL REPRESENTANTE DE UNA SOCIEDAD MERCANTIL COMO PERSONA FISICA.
Como el emplazamiento de una empresa o sociedad mercantil debe de realizarse por conducto de una persona física que al mismo tiempo por la ficción legal del desdoblamiento de su personalidad es apoderada o representante de esa persona moral, no es legalmente admisible que el referido representante de la primera desconozca en esta calidad y personalidad la existencia del juicio origen del emplazamiento, si este último como codemandado fue emplazado al mismo juicio como persona física.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/230042-481dec0e/emplazamiento-efectuado-al-representante-de-una-sociedad-mercantil · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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