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Modo: Corpus Pro

REMATE, CESACION DE LOS EFECTOS DE LA RESOLUCION QUE APRUEBA EL. AMPARO IMPROCEDENTE.

Clave: — · Registro digital (IUS): 230468 · Tipo: Tesis aislada
Época: 8a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo II, Segunda Parte-2, Julio-Diciembre de 1988; Pág. 473

El juicio de garantías en un juicio sumario hipotecario contra la resolución de segunda instancia que aprueba el remate llevado a cabo en este procedimiento, resulta improcedente al tenor del artículo 73, fracción XVI, de la Ley de Amparo, cuando mediante sentencia ejecutoria pronunciada en diverso conflicto constitucional, entablado por otro de los reos, se concede a éste la Protección Federal impetrada para el efecto de que el juez de origen deje sin efecto el citado proceso sumario, a partir de su emplazamiento, siempre y cuando ambos demandados se encuentren obligados por la misma causa, de manera que entre ellos exista litis consorcio pasivo necesario. Ello es así, porque en tal evento cesan los efectos de la resolución primeramente mencionada.

SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL TERCER CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/230468-9a7b4bdd/remate-cesacion-de-los-efectos-de-la-resolucion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión 4/86. Oscar Javier Gutiérrez. 23 de noviembre de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Rodolfo Moreno Ballinas. Secretario: Isidro Miguel Covarrubias Covarrubias.

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