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INVASION DE ESFERAS. INCOMPETENCIA DEL PLENO. EL IMPUESTO PREDIAL QUE COBRAN LAS AUTORIDADES LOCALES NO LA CONSTITUYEN (CODIGO FISCAL DEL ESTADO DE CHIHUAHUA).

Clave: — · Registro digital (IUS): 232404 · Tipo: Tesis aislada
Época: 7a. Época · Instancia: Pleno · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 7a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen 175-180, Primera Parte; Pág. 211

No pasa inadvertido a este Tribunal Pleno que al conocer, otros, de los amparos en revisión en los que se planteó una cuestión similar a la aquí expuesta, el mencionado Pleno se avocó al estudio y resolución de los mismos, estimando que cuando las autoridades locales pretendan cobrar a la Comisión Federal de Electricidad impuesto, contribuciones o gravámenes, cualquiera que fuese su origen o denominación, con excepción del impuesto predial, invaden la esfera de la autoridad federal en atención a que dicha empresa goza de la exención prevista en el artículo 16 de la Ley del Impuesto sobre Producción e Introducción de Energía Eléctrica; pues examinando detenidamente dicho criterio, por cuanto admitió la competencia en dichos negocios, y en virtud de que, la controversia planteada por la Comisión Federal de Electricidad por la aplicación del Código Fiscal del Estado de Chihuahua, no es realmente propia de una invasión por parte de las autoridades locales responsables, de la esfera de atribuciones de la autoridad federal, es de concluirse que no debe insistirse en la aceptación de esa clase de asuntos, sino por el contrario, como en la especie, al concluir que no se da el supuesto que contemplan los artículos 84, fracción I, inciso b), de la Ley de Amparo y 11, fracción IV bis, inciso b), de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, procede resolver que este Tribunal Pleno carece de competencia legal para conocer de la revisión interpuesta.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/232404-f1a0feaf/invasion-de-esferas-incompetencia-del-pleno-el-impuesto · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión 4302/75. Comisión Federal de Electricidad. 14 de junio de 1983. Mayoría de catorce votos de los Ministros: Franco Rodríguez, Cuevas Mantecón, Castellanos Tena, Langle Martínez, Díaz Infante, Fernández Doblado, Pavón Vasconcelos, Rebolledo, Rodríguez Roldán, Gutiérrez de Velasco, Salmorán de Tamayo, Sánchez Vargas, Calleja García y presidente Iñárritu, Disidentes: López Aparicio, Azuela Güitrón, Palacios Vargas, Del Río Rodríguez, León Orantes y Olivera Toro, quienes emitieron su voto en el sentido de la competencia del Pleno para conocer del asunto. Ponente: Santiago Rodríguez Roldán.

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