TENTATIVA DE HOMICIDIO Y LESIONES. DISTINCION.
Para que pueda considerarse que un homicidio es cometido en grado de tentativa, se requiere: a) Querer privar de la vida; b) Una total realización de los actos de ejecución, y c) No consumación del homicidio por causas ajenas a la voluntad del agente; en cambio, en el delito de lesiones, la intención debe interpretarse como el propósito general de dañar la integridad corporal de las personas, sin que el agente del delito tenga la voluntad de matar. De lo anterior se deduce que para que pueda considerarse como legalmente probado el cuerpo del delito de homicidio en grado de tentativa, debe acreditarse en alguna forma la materialización de la intención de parte del acusado de privar de la vida al ofendido.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/234617-c065e5e8/tentativa-de-homicidio-y-lesiones-distincion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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