CHEQUES SIN FONDOS, LIBRAMIENTO DE. ES DE CARACTER DELICTUOSO.
Si una persona libra un cheque sin estar ya autorizada por la respectiva institución de crédito para expedirlo, por estar saldada su cuenta corriente con anterioridad a la emisión de dicho título-valor, aparte de adecuarse al tipo de una conducta humana considerada como opuesta a una norma cultural establecida para regular la vida en la sociedad, es punible, puesto que en este aspecto la norma reenvía a la penalidad del fraude. En esas condiciones, como la acción del inculpado al expedir el cheque por el que se le juzgó y condenó, sólo a él le es reprochable en atención además a su capacidad penal, y como por otra parte, la falta de pago del documento por el banco librado obedeció a una causa que también le es atribuible, es de concluirse que el actuar de dicho inculpado configura el delito tipificado por el artículo 193 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, sin que obste que el legislador en su redacción haya hecho alusión a la pena y no a la circunstancia delictiva de esa conducta, al catalogar esta omisión como incriminable. Por lo demás, cabe decir que las consideraciones hechas por esta Primera Sala en la tesis jurisprudencial número 92 del Apéndice 1917-1965 (101 del Apéndice 1917-1975), respecto a que el cheque por su función económica social como instrumento de pago está tutelado por el Estado, son enunciados que abundan en la motivación del artículo 193 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, pero no en cuanto a los elementos del tipo que sólo los da el propio precepto, y que son: a), la expedición de un cheque; b), que éste sea presentado oportunamente para su pago ante la institución librada, y c), que no sea pagado por causas imputables al librador, bien porque al emitirlo no tenía fondos disponibles, bien porque haya dispuesto de éstos antes de que transcurra el plazo de presentación del documento de que se trata, o, en fin, porque no tenga autorización para expedir cheques a cargo del librado.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/235458-cfb45937/cheques-sin-fondos-libramiento-de-es-de-caracter · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- CHEQUES LIBRADOS SIN FONDOS. (s/clave)
- CHEQUES LIBRADOS SIN FONDOS, INEXISTENCIA DE DELITO EN CASO DE. (s/clave)
- CHEQUES SIN FONDOS. (s/clave)
- CHEQUES, CONCEPTO DE LIBRAMIENTO DE LOS. (s/clave)
- CHEQUES SIN FONDOS, EL DELITO SE COMETE AUN CUANDO EL DOCUMENTO HAYA SIDO POSTFECHADO O DADO EN GARANTIA. (s/clave)
- CHEQUES SIN FONDOS, EL DELITO SE COMETE AUN CUANDO EL DOCUMENTO HAYA SIDO POSTFECHADO O DADO EN GARANTÍA [TESIS HISTÓRICA]. (32 (H))
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis