SALUD, DELITO CONTRA LA. POSESION.
La ley no distingue la calidad de la posesión en tal modalidad, bastando para que ésta se integre que el agente del delito tenga sustancia calificada como estupefaciente dentro de su radio de acción personal, por cualquier causa.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/235946-387ee32b/salud-delito-contra-la-posesion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 5396/73. María Campos Navarro. 18 de marzo de 1974. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Abel Huitrón y Aguado.
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