ROBO, CUERPO DEL DELITO DE. CONFESION.
El cuerpo del delito de robo queda comprobado con la confesión del inculpado, aun cuando se ignore quien haya sido el dueño de la cosa materia del delito.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/236001-e490a5a1/robo-cuerpo-del-delito-de-confesion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 3000/73. Gustavo Estrafón Venégas. 16 de enero de 1974. Mayoría de tres votos. Disidentes: Manuel Rivera Silva y Ernesto Aguilar Alvarez. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Séptima Epoca, Segunda Parte:
Volumen 48, página 22. Amparo directo 2959/72. Jorge Johnson Rodríguez. 8 de diciembre de 1972. Cinco votos. Ponente: Manuel Rivera Silva.
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