SALUD, DELITO CONTRA LA. TRAFICO QUE NO PRESUPONE POSESION.
Para la configuración del delito contra la salud en su modalidad de tráfico, no debe existir necesariamente la diversa modalidad de posesión, si el tráfico llegó a determinarse en autos a través de diversos medios probatorios, de acuerdo con los cuales no se hace necesaria la posesión material del estupefaciente, máxime si los inculpados no fueron detenidos en flagrante delito.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/236363-bf2436f9/salud-delito-contra-la-trafico-que-no-presupone · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 3212/72. Pablo Hernández Muro. 15 de noviembre de 1972. Cinco votos. Ponente: Ernesto Aguilar Alvarez.
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