DELITO CONTRA LA SALUD. DECOMISO DE OBJETOS.
No es violatoria de garantías la sentencia que decreta el decomiso del maíz, que a propósito se colocó sobre la mariguana que se transportaba en un camión, con el fin de ocultarla, en razón a que la resolución que decrete dicho decomiso, está acorde con lo prevenido en el artículo 199 del Código Penal Federal, que establece que serán decomisados, además, los objetos que se emplearon en la comisión del delito.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/236655-fcd7461d/delito-contra-la-salud-decomiso-de-objetos · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 3289/71. Jesús Ramón López. 17 de noviembre de 1971. Mayoría de tres votos. Ponente: Abel Huitrón y A.
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