IMPUESTO DEL 1% DESTINADO A LA ENSEÑANZA. DECRETO QUE LO ESTABLECE. DEROGA LAS EXENCIONES FISCALES CONTENIDAS EN LEYES ESPECIALES.
El artículo 1o. transitorio del decreto que creó el impuesto del 1% dedicado a la enseñanza media, así como a la superior de carácter técnico o universitario (Diario Oficial del 1o. de febrero de 1963), expresamente derogó, para el sólo efecto de su causación, los regímenes fiscales establecidos en las leyes especiales, con la sola excepción de las franquicias previstas por el artículo 30, fracciones I a VI, del anterior Código Fiscal de la Federación.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/238680-e859dc5b/impuesto-del-1-destinado-a-la-ensenanza-decreto · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 1262/69. Instituto Mexicano del Seguro Social. 25 de abril de 1973. Cinco votos. Ponente: Pedro Guerrero Martínez. Secretario: Ignacio Magaña Cárdenas.
Sexta Epoca, Tercera Parte:
Volumen CIX, página 18. Revisión fiscal 68/64. Congeladora San Juan, S.A. 25 de julio de 1966. Cinco votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos.
Nota: En el Volumen CIX, página 18, la tesis aparece bajo el rubro "IMPUESTO DEL 1% DEDICADO A LA ENSEÑANZA.".
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