MATRIMONIO, NULIDAD DEL, POR EXISTIR OTRO ANTERIOR. IMPRESCRIPTIBILIDAD (LEGISLACION DEL ESTADO DE SINALOA).
Los artículos 156, fracción X, y 248 del Código Civil para el Estado de Sinaloa, derivan del principio de monogamia que establece nuestro régimen jurídico, y a nadie le es lícito contraer matrimonio si existe el vínculo de un matrimonio anterior, por ser éste un impedimento indispensable "impedimentum ligaminis seu vinculis"; es decir, se tiene impedimento vincular, que en caso de inobservancia acarrea necesariamente la bigamia, que independientemente de originar la acción civil de nulidad del segundo matrimonio, también hace surgir otras acciones dentro de los ámbitos de los derechos penal y civil. Tratándose de la acción de nulidad prevista por el artículo 248, que se funda en la existencia de un matrimonio anterior al tiempo de contraerse el segundo, debe observarse que las otras causas de nulidad de matrimonio establecidas en el capítulo IX del título V del ordenamiento citado tienen, en los respectivos preceptos, fijado un término de prescripción para el ejercicio de la acción, pero, en cambio, la causa de nulidad establecida en el 248, contenido en el mismo capítulo, carece en absoluto de señalamiento de término de prescripción; esto es, es imprescriptible, al decir sólo el artículo que: "El vínculo de un matrimonio anterior, existente al tiempo de contraer el segundo, anula éste aunque se contraiga de buena fe creyéndose fundadamente que el consorte anterior había muerto. La acción que nace de esta causa de nulidad puede deducirse por el cónyuge del primer matrimonio, por sus hijos o herederos, y por los cónyuges que contrajeron el segundo. No deduciéndola ninguna de las personas mencionadas, la deducirá el Ministerio Público". Además, el artículo 2108 del citado código establece la nulidad absoluta de la que puede prevalecerse todo interesado, y que no desaparece por confirmación ni por prescripción.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/240732-dd8a2ebd/matrimonio-nulidad-del-por-existir-otro-anterior-imprescriptibilidad · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- MATRIMONIO, NULIDAD DEL. NO EXISTE INDEBIDA FUNDAMENTACION DE LA SENTENCIA QUE LA DECLARA SI AUN CUANDO SOLO SE CITA UN PRECEPTO ACLARATORIO DEL IMPEDIMENTO EN QUE SE FUNDO LA CAUS (s/clave)
- NULIDAD DEL MATRIMONIO. LA INVALIDEZ DEL ACTA RESPECTIVA PRODUCE TAMBIEN LA DEL CONTRATO MISMO (LEGISLACION DEL ESTADO DE JALISCO). (III.3o.C.310 C)
- MATRIMONIO, NULIDAD DEL, POR LA EXISTENCIA DE OTRO ANTERIOR. TITULARIDAD DE LA ACCION (LEGISLACION DEL ESTADO DE CHIAPAS). (s/clave)
- MATRIMONIO, NULIDAD DEL. QUIENES ESTAN LEGITIMADOS PARA RECLAMARLA (LEGISLACION DEL ESTADO DE PUEBLA). (s/clave)
- MATRIMONIO, NULIDAD DEL. (s/clave)
- MATRIMONIO, NULIDAD DEL, POR EXISTIR UNO ANTERIOR AUNQUE HAYA SIDO DECLARADO NULO. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis