LIBROS DE CONTABILIDAD DE LOS COMERCIANTES. SU VALOR PROBATORIO.
Atento a lo establecido por el artículo 1295 del Código de Comercio, los libros de contabilidad de los comerciantes sólo hacen prueba plena contra ellos, sin admitirles prueba en contrario, y excepcionalmente contra otros comerciantes en los casos que expresamente prevé dicho precepto, pero no contra las personas que no tienen la calidad de comerciantes.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/240795-e6b7ee5f/libros-de-contabilidad-de-los-comerciantes-su-valor · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 5994/78. Multibanco Comermex, S.A. 1o. de octubre de 1980. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Gloria León Orantes. Secretario: Leonel Castillo González.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca, Tomo XVII, página 53, tesis de rubro "LIBROS DE CONTABILIDAD.".
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