Corpus
Modo: Corpus Pro

DIVORCIO, ACUSACION CALUMNIOSA COMO CAUSAL DE (LEGISLACION DEL ESTADO DE VERACRUZ).

Clave: — · Registro digital (IUS): 241000 · Tipo: Tesis aislada
Época: 7a. Época · Instancia: Tercera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 109-114, Cuarta Parte; Pág. 99

Habiendo quedado acreditado en autos que la demandada en el juicio natural (tercera perjudicada en el de garantías) no se querelló de la conducta de su cónyuge con el ánimo de injuriarlo, sino con el fin de obtener lo estrictamente indispensable para su subsistencia y la de sus menores hijos, es evidente que en esa virtud la acusación no resulta calumniosa, no solamente a la luz de los artículos 265 y 266 del Código Penal del Estado de Veracruz, sino que tampoco al tenor de la fracción XII del artículo 141 del Código Civil del propio Estado, dado que no fue hecha con el propósito de dañar a su cónyuge en su reputación y en la consideración social que mereciese.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/241000-877eb85a/divorcio-acusacion-calumniosa-como-causal-de-legislacion-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 6355/76. Augusto Jacinto Hernández. 10 de febrero de 1978. Cinco votos. Ponente: Raúl Lozano Ramírez. Secretario: José de Jesús Taboada Hernández. Séptima Epoca, Cuarta Parte: Volumen 45, página 15. Amparo directo 1124/71. Zeferino Cruz Antonio. 18 de septiembre de 1972. Cinco votos. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez.

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