DIVORCIO, INJURIAS GRAVES COMO CAUSAL DE. DAÑOS CORPORALES.
Aunque esté demostrado en un juicio de divorcio que la demandada haya sido la autora de los golpes y lesiones que presenta el actor, pero también esté demostrado que los infirió en defensa de su integridad física, esta circunstancia desvanece toda probabilidad de que esos hechos impliquen vejaciones, menosprecio, ultraje u ofensa, puesto que fueron ejecutados, no con la dañada intención de humillar y despreciar al ofendido, sino con el ánimo de defender la integridad corporal amenazada por éste; por lo que, en estas circunstancias, los daños corporales no pueden, legalmente, catalogarse como injurias graves de un cónyuge para el otro.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/241468-2f3df5f4/divorcio-injurias-graves-como-causal-de-danos-corporales · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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