DIVORCIO, ABANDONO DEL DOMICILIO CONYUGAL COMO CAUSAL DE. LA CONYUGE NO ESTA OBLIGADA A LA SUBSISTENCIA EN LA MORADA.
La mujer que se ve abandonada por su cónyuge y que carece de medios para el sostenimiento del hogar, de ninguna forma está obligada a continuar viviendo en un domicilio alquilado cuya renta no le es posible cubrir. Por lo tanto, si su esposo abandonó el hogar sin justa causa y no le notificó el nuevo domicilio para que se reincorpore, la causal prospera aun cuando la esposa también se separa de la morada por imposibilidad de sostenerla.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/241820-d0180e0a/divorcio-abandono-del-domicilio-conyugal-como-causal-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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