AGRAVIOS, EXAMEN DE LOS.
Ninguna lesión a los derechos del quejoso puede causar la sola circunstancia de que los agravios se hayan estudiado en su conjunto. Ha de admitirse que lo que interesa no es precisamente la forma como los agravios sean examinados, en su conjunto, separando todos los expresados en distintos grupos o bien uno por uno y en el propio orden de su exposición o en orden diverso; lo que importa es el dato sustancial de que se estudien todos, de que ninguno quede libre de examen, cualesquiera que sea la forma que al efecto se elija.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/242156-dbccb88a/agravios-examen-de-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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