Corpus
Modo: Corpus Pro

AGRAVIOS, EXAMEN DE LOS.

Clave: — · Registro digital (IUS): 242156 · Tipo: Tesis aislada
Época: 7a. Época · Instancia: Tercera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 31, Cuarta Parte; Pág. 13

Ninguna lesión a los derechos del quejoso puede causar la sola circunstancia de que los agravios se hayan estudiado en su conjunto. Ha de admitirse que lo que interesa no es precisamente la forma como los agravios sean examinados, en su conjunto, separando todos los expresados en distintos grupos o bien uno por uno y en el propio orden de su exposición o en orden diverso; lo que importa es el dato sustancial de que se estudien todos, de que ninguno quede libre de examen, cualesquiera que sea la forma que al efecto se elija.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/242156-dbccb88a/agravios-examen-de-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 5832/69. Fraccionadora de Oriente, S. de R.L. y coagraviada. 5 de julio de 1971. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Amparo directo 3482/68. María Catalina Suárez de Moreno. 1o. de julio de 1971. Cinco votos. Ponente: Mariano Azuela. Quinta Epoca: Tomo CXXIX, página 445. Amparo directo 3305/55. Roberto L. Tejada y Camerino García H. 9 de agosto de 1956. Mayoría de cuatro votos. Disidente: José Castro Estrada. Ponente: Gabriel García Rojas.

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