TITULOS DE CREDITO, ENDOSO EN PROPIEDAD DE LOS. EFECTOS.
El endoso en propiedad no transmite el derecho, sino la propiedad del título, y el derecho surge autónoma y originariamente en los sucesivos propietarios del título, por el solo hecho de su propiedad, o sea, que el derecho de cada propietario del título es autónomo e independiente del derecho del propietario anterior; si no fuera así, el adquirente del título no podría gozar de una posesión autónoma, es decir, no sería invulnerable a todas las excepciones oponibles a su antecesor.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/242232-81b7fa97/titulos-de-credito-endoso-en-propiedad-de-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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