ESTADO CIVIL, COMPROBACION DEL, POR PARTIDAS PARROQUIALES.
Para la eficacia legal de las partidas parroquiales, es necesario comprobar que son anteriores al establecimiento del Registro Civil, y que sean cotejadas por notario.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/242359-245b5630/estado-civil-comprobacion-del-por-partidas-parroquiales · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 5678/68. Sabino Martiniano Montes Zúñiga. 22 de enero de 1970. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Enrique Martínez Ulloa.
Quinta Epoca:
Tomo LXXIV, página 1186. Amparo civil en revisión 3009/42. Secretaría de la Asistencia Pública. 14 de octubre de 1942. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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