TESTIMONIO SINGULAR EN MATERIA DE TRABAJO, VALOR PROBATORIO DEL.
Esta Cuarta Sala ya ha definido su criterio en el sentido de que un sólo testigo puede formar convicción en el tribunal, si en el mismo concurren circunstancias que son garantía de veracidad, puesto que no es solamente el número de declaraciones lo que puede evidenciar la verdad, sino el conjunto de condiciones que pueden reunirse en el testigo, y las cuales, siendo de por sí indudables, hacen que el declarante sea insospechable de falsear los hechos que se investigan, y es claro que esas condiciones se reúnen en el testigo que, propuesto por ambas partes, declara sobre la forma en que los hechos investigados tuvieron lugar.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/244349-9ab3ed69/testimonio-singular-en-materia-de-trabajo-valor-probatorio · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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