SEGURO SOCIAL, FALTAS DE ASISTENCIA DE LOS TRABAJADORES DEL INSTITUTO MEXICANO DEL. JUSTIFICACION.
No es ante cualquier empleado del Seguro Social ante quien debe acudirse para justificar las faltas de asistencia en que haya incurrido el trabajador, sino que debe acudirse con el superior jerárquico del trabajador o ante el titular del departamento encargado de practicar la investigación respectiva, y tal justificación tratándose de ausencias por enfermedad, sólo se logra con la exhibición del certificado de incapacidad que alguno de los médicos de la institución le haya otorgado al trabajador amparando el día o los días de ausencia.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/244672-fd4e7897/seguro-social-faltas-de-asistencia-de-los-trabajadores · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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