Corpus
Modo: Corpus Pro

LEGITIMA DEFENSA PUTATIVA NO CONFIGURADA.

Clave: — · Registro digital (IUS): 245049 · Tipo: Tesis aislada
Época: 7a. Época · Instancia: Sala Auxiliar · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 217-228, Séptima Parte; Pág. 163

La defensa putativa se da cuando el activo se representa erróneamente la existencia de una agresión y realiza los actos de repulsa que caracterizan a la legítima defensa, en cuyo caso falta la conciencia de la ilicitud, porque a virtud del error esencial cree actuar dentro del ejercicio de la excluyente de responsabilidad. En esa virtud para tomar en cuenta el alegato respectivo del inculpado, no es suficiente con que éste mencione que creyó encontrarse ante una agresión inminente, sino que es necesario, como en el caso de la legítima defensa normal que se le opongan otros medios de convicción.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/245049-88cea090/legitima-defensa-putativa-no-configurada · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 390/86. Teodosio León Rivera. 19 de febrero de 1987. Mayoría de cuatro votos. Disidente y Ponente: Guillermo Guzmán Orozco. Véase: Semanario Judicial de la Federación, Séptima Epoca, Volúmenes 121-126, Segunda Parte, página 108, tesis de rubro "LEGITIMA DEFENSA PUTATIVA NO CONFIGURADA.".

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