LEGITIMA DEFENSA PUTATIVA NO CONFIGURADA.
La defensa putativa se da cuando el activo se representa erróneamente la existencia de una agresión y realiza los actos de repulsa que caracterizan a la legítima defensa, en cuyo caso falta la conciencia de la ilicitud, porque a virtud del error esencial cree actuar dentro del ejercicio de la excluyente de responsabilidad. En esa virtud para tomar en cuenta el alegato respectivo del inculpado, no es suficiente con que éste mencione que creyó encontrarse ante una agresión inminente, sino que es necesario, como en el caso de la legítima defensa normal que se le opongan otros medios de convicción.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/245049-88cea090/legitima-defensa-putativa-no-configurada · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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