AGRAVIOS INSUFICIENTES.
Cuando en los agravios aducidos por el recurrente no se precisan argumentos tendientes a demostrar la ilegalidad de la sentencia, ni se atacan los fundamentos legales y consideraciones en que se sustenta el sentido del fallo, se impone confirmarlo en sus términos por la insuficiencia de los propios agravios.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/245281-ac33fe29/agravios-insuficientes · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo en revisión 6278/82. Julián Valencia Alor y otro. 24 de enero de 1985. Mayoría de cuatro votos. Disidente y Ponente: Guillermo Guzmán Orozco.
Séptima Epoca, Séptima Parte:
Volúmenes 199-204, página 460. Amparo en revisión 306/82. Gustavo Reyes y otro. 8 de enero de 1985. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Guillermo Guzmán Orozco. Ponente: Salvador Martínez Rojas.
Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985, Octava Parte, tesis 40, página 65, bajo el rubro "AGRAVIOS INSUFICIENTES.".
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