APELACION EN MATERIA PENAL, LIMITES EN LA.
La apelación en materia penal, no somete al superior mas que los hechos apreciados en la primera instancia, y dentro de los límites marcados por la expresión de agravios (tratándose de los del Ministerio Público); de lo contrario, se convertiría en una revisión de oficio en cuanto a los puntos no recurridos, y la Suprema Corte ha sustentado la tesis de que dicha revisión es contraria al artículo 21 constitucional.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/245442-aeb97cbe/apelacion-en-materia-penal-limites-en-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 7625/79. Fidencio Murillo Adame. 21 de junio de 1984. Mayoría de tres votos. Disidente: Guillermo Guzmán Orozco. Ponente: Tarsicio Márquez Padilla.
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