SENTENCIAS DEFINITIVAS, OMISION EN LA CITA DE PRECEPTOS LEGALES EN LAS. CONSECUENCIAS.
Aun cuando el tribunal de alzada haya omitido precisar en que dispositivos legales o principios generales de derecho se fundó para resolver en la forma en que lo hizo, tal omisión no es determinante para conceder el amparo por violación al artículo 16 de la Constitución Federal, si las consideraciones expuestas por dicha autoridad para declarar procedentes los agravios formulados en la apelación, se encuentran apegadas a la ley, pues la simple omisión de preceptos legales o principios generales de derecho no agravia, sino la transgresión de específicas normas jurídicas.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/245476-d2f6c741/sentencias-definitivas-omision-en-la-cita-de-preceptos · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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