Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

SEGURO SOCIAL. RESOLUCIONES DEL CONSEJO TECNICO CARENTES DE FIRMA DEL PRESIDENTE.

Clave: — · Registro digital (IUS): 251271 · Tipo: Tesis aislada
Época: 7a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 139-144, Sexta Parte; Pág. 147

El párrafo final del artículo 18 del Reglamento del artículo 133 de la Ley del Seguro Social dispone que las resoluciones del Consejo Técnico serán firmadas por su presidente y autorizadas por el secretario, por lo que es insuficiente la sola firma de este último para dar validez a la resolución que carece de la firma del presidente. No basta para subsanar esa omisión el acta de la junta del Consejo Técnico en la que se dio cuenta con el asunto, porque se trata del acta de la junta, pero no de la resolución misma, con sus resultados y considerandos, la cual, por ley, debe llevar la firma del presidente y no sólo la del secretario.

SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/251271-2764375d/seguro-social-resoluciones-del-consejo-tecnico-carentes-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 155/80. Productos Okon, S.A. 10 de julio de 1980. Unanimidad de votos. Ponente: Manuel Castro Reyes. Secretario: Antonio Meza Alarcón.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis