MARCAS. DEBE ATENDERSE A SUS ELEMENTOS NOMINALES Y SUBSIDIARIAMENTE A LAS FIGURAS QUE INTEGRAN LA ETIQUETA.
Lo esencial en una marca es su denominación y ésta es la que debe ponerse frente a las que están en disputa, para determinar su confusión o individualidad, sin que los demás elementos sean conducentes para desvirtuar su diferencia gráfica y fonética, puesto que los productos que amparan las marcas normalmente se distinguen por el nombre de las mismas y por sus elementos accesorios.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/251960-adc195ed/marcas-debe-atenderse-a-sus-elementos-nominales-y · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo en revisión 1030/78. Kimberly Clark Corporation. 8 de marzo de 1979. Unanimidad de votos. Ponente: Gilberto Liévana Palma.
Séptima Epoca, Sexta Parte:
Volúmenes 121-126, página 259. Amparo en revisión 676/76. Alexandra de Markoff Sales Corporation. 13 de enero de 1977. Unanimidad de votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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