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Modo: Corpus Pro

MILITARES. GASTOS DE TRASLADO.

Clave: — · Registro digital (IUS): 252484 · Tipo: Tesis aislada
Época: 7a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 109-114, Sexta Parte; Pág. 133

Las "pagas de marcha" mencionadas en el artículo 130 de la Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicana, forma parte del sostenimiento a gasto del activo del Ejército y Fuerza Aérea; no son un beneficio para el militar, sino un gasto para su traslado que es a cargo del Gobierno Federal.

SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/252484-90c55913/militares-gastos-de-traslado · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión 1132/77. Juan Ernesto Gabriel Aguilar Zúñiga. 19 de enero de 1978. Unanimidad de votos. Ponente: Manuel Castro Reyes. Secretario: Salvador Flores Carmona.

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