MULTA, DEBE RAZONARSE LA SUSTITUCION DE LA PENA DE.
Si no se razonó en manera alguna el arbitrio judicial al establecer la conmutación de la pena de prisión por multa, procede conceder el amparo para el efecto de que se razone dicho arbitrio.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/259071-b6ee10a7/multa-debe-razonarse-la-sustitucion-de-la-pena · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 6884/64. Guillermo de la Garza Grave. 11 de julio de 1966. Cinco votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.
Sexta Epoca, Segunda Parte:
Volumen LVII, página 51. Amparo directo 1352/61. Ignacio García López. 28 de marzo de 1962. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Manuel Rivera Silva.
Volumen LVII, página 51. Amparo directo 8030/61. Mariano Alvarez Alvarez. 15 de marzo de 1962. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Manuel Rivera Silva.
Volumen LVII, página 51. Amparo directo 7207/61. Arturo Loeza Juanes. 1o. de marzo de 1962. Mayoría de cuatro votos. Ponente: Angel González de la Vega.
Volumen IV, página 46. Amparo directo 1921/57. Martín Medina Cantú. 8 de octubre de 1957. Cinco votos. Ponente: Luis Chico Goerne.
Nota:
En el volumen LVII, página 51, esta tesis aparece bajo el rubro "MULTA, DEBER DE RAZONAR LA SUSTITUCION.".
En el volumen LVII, página 51, esta tesis aparece bajo el rubro "MULTA, DEBER DE RAZONAR LA SUSTITUCION POR PRISION.".
En el volumen LVII, página 51, esta tesis aparece bajo el rubro "MULTA, PENA DE, SIN RAZONARLA.".
En el Volumen IV, página 46, esta tesis aparece bajo el rubro "CONMUTACION DE LA PENA (LEGISLACION DE SONORA).".
Jurisprudencia relacionada
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- MULTA, PENA DE, SIN RAZONARLA. (s/clave)
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