CONFESION.
La confesión del imputado tiene un valor indiciario que sólo alcanza el rango de prueba plena cuando es corroborada y no desvirtuada por otros elementos de convicción.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/262085-c283eb33/confesion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 3620/59. Ramón Fuentes Ramos. 3 de diciembre de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Luis Chico Goerne.
Nota: En el Apéndice 1917-1985, la tesis aparece bajo el rubro "CONFESION.".
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