Corpus
Modo: Corpus Pro

GOLPES (LEGISLACION DE VERACRUZ).

Clave: — · Registro digital (IUS): 262985 · Tipo: Tesis aislada
Época: 6a. Época · Instancia: Primera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXI, Segunda Parte; Pág. 83

El delito de golpes ataca el honor de las personas y debe concurrir el animus injuriandi, y si no se comprobó que este elemento hubiese existido, se desprende que la condena por el delito de golpes no tiene base alguna y por tanto es violatoria de los artículos 14 y 16 constitucionales, ya que no se aplica exactamente la ley ni se funda ni motiva la resolución, como lo exigen tales preceptos de nuestra Ley Fundamental; debiendo advertirse que las penas señaladas por el artículo 254 del Código Penal para el delito de golpes, son mas altas que las que fija la fracción I del artículo 221 para las lesiones levísimas, que fueron las que en realidad se cometieron.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/262985-f45718aa/golpes-legislacion-de-veracruz · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 1994/58. Anastasio Pérez Tecuatequi y coagraviado. 31 de marzo de 1959. Cinco votos. Ponente: Carlos Franco Sodi.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
© 2026 Corpus Iuris · Información de carácter referencial. El texto de las tesis es información pública de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Compilación, búsqueda semántica y tesis relacionadas: © Corpus Iuris. Este contenido no constituye asesoría legal.

Información referencial — la responsabilidad de validar las citas es del usuario.