DUDA SOBRE LA RESPONSABILIDAD DEL REO.
La duda no puede ser objeto de reclamación constitucional, porque siendo aquélla la indeterminación del espíritu ante dos juicios contradictorios, y habiéndose decidido el juzgador por uno de ellos, deja de existir la causal de que se trata; y si el juzgador equivocó su determinación, entonces es ésta la causa que puede motivar el amparo, pero en ningún caso el estado de duda.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/264320-20177a34/duda-sobre-la-responsabilidad-del-reo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 6829/57. Juan Ramírez Valdez. 20 de febrero de 1958. Cinco votos. Ponente Luis Chico Goerne.
Amparo directo 3249/57. Miguel Avalos Ruiz. 20 de febrero de 1958. Cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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