HEREDEROS, INTERES JURIDICO DE LOS, EN LOS JUICIOS DE AMPARO.
Una persona tiene interés jurídico en un juicio, de amparo si acreditó debidamente con el testimonio de una escritura publica que se le adjudicaron a titulo de herencia, todos los derechos correspondientes a un establecimiento mercantil y no es obstáculo para ello, el hecho de que la responsable u otras autoridades no hayan tenido conocimiento de la adjudicación aludida.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/266143-5d44383c/herederos-interes-juridico-de-los-en-los-juicios · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo en revisión 3598/64. Juan Manuel Reyes Aréchiga. 10 de septiembre de 1964. Cinco votos. Ponente: Jorge Iñárritu.
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