DELEGACION DE FACULTADES, PARA DEMOSTRARLA NO BASTA AFIRMAR QUE NO OBRO LA AUTORIDAD POR SI MISMA.
Si la autoridad recurrente manifiesta en su informe justificado haber ordenado la clausura de cierto establecimiento, y la única manera que tenía de justificar esa orden, era demostrar que había obrado con facultades delegadas por el jefe del Departamento del Distrito Federal o del secretario general de dicho departamento, autoridades competentes es obvio que la inconforme no justifica la legalidad de sus actos cuando alega que en su informe no confesó haber actuado por sí misma y en uso de facultades propias, pues de tal aseveración no se desprende que haya obrado con facultades delegadas, y siendo esto así, la infundamentación del agravio resulta manifiesta.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/267160-96b641fe/delegacion-de-facultades-para-demostrarla-no-basta-afirmar · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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