HOTELES Y RESTAURANTES. VENTA DE BEBIDAS ALCOHOLICAS.
Los hoteles que den servicios de restaurante con venta de bebidas alcohólicas, por quedar comprendidos dentro de la excepción prevista en el inciso b), fracción III del artículo 17 de la Ley Federal del Impuesto sobre Ingresos Mercantiles, si llevan su contabilidad por separado, sólo causan dicho impuesto sobre el 50% de sus ingresos obtenidos en el restaurante.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/268238-99f4a984/hoteles-y-restaurantes-venta-de-bebidas-alcoholicas · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Revisión fiscal 89/58. Dora Sancho de Pérez. 24 de junio de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Rafael Matos Escobedo.
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