CAUSAHABIENTES.
El reconocimiento que hagan los causahabientes, por hechos indudables, de las obligaciones de sus causantes, los incapacita para solicitar la nulidad de las escrituras en que esas obligaciones se contienen.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/269775-3c38b664/causahabientes · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 9395/61. Alberto Castilla Cagnebet. 7 de octubre de 1966. Cinco votos. Ponente: Enrique Martínez Ulloa.
Quinta Epoca:
Tomo XXIV, página 305. López viuda de León Esperanza y coagraviado. 2 de octubre de 1928. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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