PATERNIDAD, INVESTIGACION DE LA. PRUEBA PRESUNCIONAL (LEGISLACIONES DEL DISTRITO FEDERAL Y DEL ESTADO DE MEXICO).
No es obstáculo para tener por probado plenamente un hecho, por medio de la prueba presuncional, la circunstancia de que se trate de un asunto relacionado con la investigación de la paternidad, puesto que, según el artículo 364 del Código Civil del Estado de México, igual al 382 del Código del Distrito y Territorios Federales, no se requiere ya un principio de prueba por escrito como se exigía en las legislaciones anteriores y se exige en la legislación francesa, por ejemplo, sino que únicamente es necesario de acuerdo con la fracción IV del citado precepto, "un principio de prueba contra el pretendido padre", lo que permite mayor flexibilidad en cuanto a las pruebas que pueden rendirse y se traduce en la posibilidad de una decisión más justa, ya que, bien porque el padre sea un analfabeta que no sepa leer ni escribir, o porque por su preparación eluda facilitar el conocimiento de la verdad, la prueba escrita es en estos casos difícil de obtener.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/269970-6d9f4896/paternidad-investigacion-de-la-prueba-presuncional-legislaciones-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- PATERNIDAD. CUANDO EL PRESUNTO PADRE SOLICITA SU RECONOCIMIENTO, DEBE EXIGIRSE UN PRINCIPIO DE PRUEBA QUE PERMITA LA INVESTIGACIÓN EN PRO DEL INTERÉS SUPERIOR DEL MENOR (LEGISLACIÓ (II.3o.C.6 C (10a.))
- PATERNIDAD, INVESTIGACION DE LA (LEGISLACION DEL ESTADO DE VERACRUZ). (s/clave)
- PATERNIDAD, INVESTIGACION DE LA. REQUIERE UN PRINCIPIO DE PRUEBA ESCRITA (LEGISLACION DEL ESTADO DE JALISCO). (s/clave)
- PATERNIDAD, INVESTIGACION DE LA. VALOR DE LA PRUEBA PRESUNCIONAL (LEGISLACION DEL ESTADO DE HIDALGO). (s/clave)
- PATERNIDAD, PRESUNCIÓN LEGAL DE. HACE PRUEBA PLENA (LEGISLACIÓN DEL DISTRITO FEDERAL). (I.8o.C.283 C)
- RECONOCIMIENTO DE LA PATERNIDAD. PARA QUE SE COLME LA EXIGENCIA LEGAL RELATIVA AL PRINCIPIO DE PRUEBA, CONTRA EL PRETENDIDO PADRE, BASTA CON QUE EN EL ESCRITO DE DEMANDA SE IMPUTE (XVI.2o.C.T.48 C )
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis