SEGURO, PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO DE.
El contrato de seguro es consensual y su eficacia no queda subordinada a la entrega de la póliza o al pago de la prima, sino que se perfecciona desde el momento en que el proponente tuviere conocimiento de la aceptación de la oferta. Por tal motivo, para la comprobación de la existencia del contrato, sólo puede exigirse la demostración de los siguientes elementos: la oferta escrita de celebración, suscrita por el proponente; la aceptación de la oferta por parte de la aseguradora, previo los tramites correspondientes; y la afirmación del proponente, esto es, que este haya tenido conocimiento de la aceptación de su oferta.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/271451-64914dd8/seguro-perfeccionamiento-del-contrato-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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