LITIS. CIRCUNSTANCIAS QUE NO LA MODIFICAN.
Si el reconveniente en su réplica a la reconvención no modificó ni adicionó ninguno de los hechos consignados en su contrademanda y contestación, sino sólo se concreto a insistir y reproducir todo lo expuesto en su demanda reconvencional, la dúplica o la falta de dúplica, en nada puede influir en la litis fijada por las partes y en el extracto que de ella haga la secretaría del tribunal.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/271889-827f6db1/litis-circunstancias-que-no-la-modifican · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 1416/58. Gilberto Pineda Ríos. 31 de julio de 1959. Cinco votos. Ponente: José López Lira.
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