PROMESA DE VENTA.
La Suprema Corte de Justicia ha establecido que la promesa de venta no es otra cosa que un contrato preparatorio del de compraventa, esto es, la celebración de aquél no es mas que un acto jurídico cuya evolución tiende al perfeccionamiento del contrato de compraventa. Se han establecido las diferencias entre estos dos actos jurídicos que corresponden al mismo género y se ha considerado que cuando las personas convienen en el precio y la cosa, y cuando se entregan ambos o sólo uno de ellos, pero no se llenan las solemnidades externas del contrato, se esta en presencia de lo que la doctrina conoce con el nombre de contrato informal de compraventa.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/272079-e0d1dc7d/promesa-de-venta · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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