CONTRATO DE TRABAJO. PRESUNCION DE SU EXISTENCIA.
No siempre se presume la existencia del contrato de trabajo, pues tal presunción sólo se establece cuando una persona presta su servicio personal a cargo de acuerdo con el artículo 18 de la Ley Federal del Trabajo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/273742-eefb6f02/contrato-de-trabajo-presuncion-de-su-existencia · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 9012/61. Isaac Monterrosa Peláez. 27 de agosto de 1964. Cinco votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo.
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