PRESCRIPCION, CUANDO OPERA LA.
Para que pueda operar en perjuicio de una persona la prescripción, para el ejercicio de un derecho, por el simple transcurso del tiempo, es menester que esa persona tenga conocimiento de que ha sido privada o se le pretende privar del derecho a ejercitar, siendo a partir de ese momento, cuando comienza a correr y a contenerse el término de la prescripción por virtud de un hecho o circunstancia que desconoce el interesado, ya que la prescripción es una sanción para aquellas personas que, a sabiendas, abandonen un derecho, más no para las que no lo han ejercitado por ignorar el hecho o la circunstancia que generó el derecho a su ejercicio.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/274206-0979f67b/prescripcion-cuando-opera-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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