DESCANSO SEMANAL Y OBLIGATORIO, CARGA DE LA PRUEBA DEL PAGO DEL.
El patrón sólo está obligado a probar que pagó los días de descanso semanal y obligatorio cuando no los labora el trabajador; en cambio, si éste dice que laboró durante esos días, a él incumbe la carga de la prueba para que la Junta esté en aptitud de condenar al patrón a su pago doble.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/275364-763849b3/descanso-semanal-y-obligatorio-carga-de-la-prueba · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 4348/58. Jesús Salas. 9 de septiembre de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mariano Azuela.
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