CONFESION FICTA, VALOR PROBATORIO DE LA.
La eficacia probatoria de la confesión ficta de la parte demandada no se desvirtúa por el hecho de que al contestar la demanda haya negado los acontecimientos relatados en ésta, pues el valor de dicha confesión sólo se destruye por otra prueba o hecho fehaciente que conste en autos.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/277595-0efc2827/confesion-ficta-valor-probatorio-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 2724/57. Candelaria I. Canto Hermanos, S. de R. L. 3 de febrero de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Gilberto Valenzuela.
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