SENTENCIAS CIVILES.
Deben limitarse a las cuestiones que han sido origen de la litis contestatio, y no comprender otras distintas.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/279639-a64765e3/sentencias-civiles · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo. Luján José María. 5 de marzo de 1925. Mayoría de diez votos. Disidente: Ricardo B. Castro, en cuanto al primer punto resolutivo. Mayoría de siete votos. Disidentes: Manuel Padilla, Salvador Urbina, Jesús Guzmán Vaca y Leopoldo Estrada, en cuanto al segundo. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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