RECURSOS ORDINARIOS.
El hecho de no interponer los recursos ordinarios contra el fallo que se recurre en amparo, hace improcedente la suspensión que se pida contra ese fallo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/279819-4c7eed96/recursos-ordinarios · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión. Puente Maza Benito. 28 de abril de 1925. Unanimidad de diez votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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