COMPARECENCIA ANTE LA POLICIA JUDICIAL.
La orden de comparecencia ante la policía judicial, no puede considerarse que irrogue daños o perjuicios al citado; y, de suspenderse, se impediría el ejercicio de las funciones de estas autoridades y la averiguación de los delitos.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/279900-4021881b/comparecencia-ante-la-policia-judicial · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo. Carranza Antonio. 11 de junio de 1925. Unanimidad de diez votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
- COMPARECENCIA ANTE LA POLICIA JUDICIAL. (s/clave)
- COMPARECENCIA ANTE LA POLICIA JUDICIAL. (s/clave)
- COMPARECENCIA ANTE LAS AUTORIDADES. (s/clave)
- COMPARECENCIA ANTE EL JUEZ PENAL. (s/clave)
- COMPARECENCIA ANTE EL JUEZ PENAL.- (697)
- COMPARECENCIA ANTE LOS JUECES PENALES. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis