PROCEDIMIENTOS.
La violación del procedimiento que se reclame en súplica, sólo dará lugar a que se mande reponer aquél, cuando la violación sea sustancial.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/280566-56f381b7/procedimientos · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Recurso de súplica 43/25. Sánchez Celso y colitigante. 15 de octubre de 1928. Mayoría de diez votos. Disidente: Ricardo B. Castro. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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