REVISION.
Cuando el auto que se recurre en revisión, ha sido notificado por cédula, el plazo para interponer el recurso, comienza a correr desde el día siguiente al en que se hubiere fijado la cédula.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/280778-f512a441/revision · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil. Revisión del auto que desechó la demanda. Bernal viuda de Trujillo Celestina y coags. 17 de mayo de 1928. Unanimidad de ocho votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
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