MEJORAS DE UTILIDAD PUBLICA.
Contra la aplicación de leyes que tiendan a realizar mejoras de evidente utilidad pública, es improcedente conceder la suspensión, porque la sociedad está interesada en que no se dejen de llevar a cabo esas mejoras.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/281594-ef6125a7/mejoras-de-utilidad-publica · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Tomo XXI, página 1705. Indice Alfabético. Incidente administrativo 3059/27. Solano Atilano V. 13 de octubre de 1927. Unanimidad de nueve votos. Ausentes: Ricardo B. Castro y Gustavo A. Vicencio. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo XXI, página 1034. Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 2747/27. González Longinos, sucesión de. 13 de octubre de 1927. Unanimidad de diez votos. Ausente: Gustavo A. Vicencio. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
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