SENTENCIAS.
La sentencia es interlocutoria o definitiva. Es interlocutoria la que decide algún incidente o artículo del pleito y dirige la serie u orden del juicio; es definitiva la que se da sobre la sustancia o el todo de la causa, absolviendo o condenando al demandado o reo. La naturaleza de la sentencia no cambia porque no se llenan algunos de los requisitos de forma, previstos por las leyes; naturaleza que es necesario tener en cuenta, para los efectos del plazo en que debe interponerse la apelación.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/281991-5a226ec2/sentencias · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal en revisión 1987/26. Moreno Francisco E. 1o. de febrero de 1927. Unanimidad de ocho votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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